Un juez ordena restituir a los directivos del Instituto de Estadísticas

Un juez ordena restituir a los directivos del Instituto de Estadísticas

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El gobernador Ricardo Rosselló indicó que estará evaluando sus opciones. (GFR Media)

El juez superior Anthony Cuevas Ramos ordenó ayer al gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló Nevares, “cesar y desistir” de interferir con el funcionamiento del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y ordenó la restitución de los cuatro directivos que el primer ejecutivo destituyó el año pasado para dar paso a sus propios designados.

En un fallo de 35 páginas en el que el juez analiza extensamente la jurisprudencia en torno a la designación y destitución de funcionarios y miembros de juntas de directores, Cuevas Ramos concluyó que el gobernador Rosselló Nevares actuó de manera contraria a la ley cuando, aplicando la Ley 3 de 2017, removió a directivos, cuyas facultades no son exclusivas de la rama ejecutiva.

El fallo de Cuevas Ramos en el caso del Instituto de Estadísticas representa el primer revés que recibe Rosselló Nevares para una ley aprobada bajo su mandato.

De igual forma, la sentencia de Cuevas Ramos supone la primera fisura en la Ley 3 de 2017, el estatuto que amplió las facultades del gobernador y las de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf) con el propósito de atender la crisis fiscal y asegurar la implementación de la ley federal Promesa.

“La destitución de los demandantes como miembros del Instituto fue nula e ilegal”, reza el fallo de Cuevas Ramos sobre la remoción de los directivos Antonio Fernós Sagebién, Ana L. Dávila Román, Marta Álvarez Burgos y Sonia Balet Dalmau.

Reacciona el gobernador

Tras conocer el fallo, Rosselló Nevares dijo a El Nuevo Día que examinará el fallo en su contra.

“Como todo proceso legal, nosotros estaremos evaluando lo que son las opciones. Estaré leyendo la decisión y después informaremos lo que será nuestro curso de acción”, indicó el mandatario.

Según el análisis de Cuevas Ramos, que, entre otras cosas, se basa en jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, “el alcance de la facultad del primer ejecutivo para destituir funcionarios subordinados a él depende necesariamente de las funciones que ejerza el funcionario y si las mismas son la esencia del poder ejecutivo”.

“Entendemos que esta situación de incertidumbre le está ocasionando daños al Instituto y, en última instancia, a nuestro país, porque ello repercute en la validez y efectividad de las decisiones tomadas y anunciadas por ambas juntas”, sostuvo el juez superior.

Trayectoria contracorriente

La decisión de Cuevas Ramos se produjo un día después de que, en una clara señal de respaldo al Instituto de Estadísticas, el presidente de la Reserva Federal de Nueva York (FRBNY), William C. Dudley, visitara la sede de la entidad creada en el 2003.

En ocasiones anteriores, Dudley ha reclamado como un asunto crítico para la recuperación de la isla, que el gobiernode Puerto Rico pueda producir estadísticas confiables y de carácter independiente.

A pesar de su trascendencia y del reconocimiento de entidades internacionales como el Foro Económico Mundial y de diversas agencias el gobierno federal, el Instituto de Estadísticas siempre ha operado en adversidad.

Fue creado en 2003, pero no tuvo empleados ni recibió presupuesto hasta casi cinco años más tarde. En principio, la entidad ni siquiera tenía un espacio físico donde establecerse. Al presente, el Instituto opera con un presupuesto de $2.3 millones y tiene 14 empleados.

La lucha de poder

El 21 de julio de 2017, en un confuso proceso, Rosselló Nevares destituyó a cuatro de los siete directivos del Instituto nombrados bajo la administración de Alejandro García Padilla. Mientras, dejó en el cargo a dos directivos que habían sido nombrados bajo la administración de Luis Fortuño, Bethsié Rosa Reyes y Alex López Echegaray. Acto seguido, el mandatario nombró a la presidenta de la Junta de Planificación, María Gordillo, y a la contadora pública Jeanelle Alemar Escabí.

También, renominó al ya directivo del Instituto de Estadísticas e integrante de la organización Abre Puerto Rico, Arnaldo Cruz Sanabria.

Entre otras cosas, el artículo 29 de la Ley 3 de 2017 autorizó al gobernador a remover de su cargo a cualquier miembro de una junta de directores de cualquier entidad -incluida la Universidad de Puerto Rico- si el primer ejecutivo entiende que dicho directivo “no está ejecutando la política pública establecida por este o no goce de su confianza” para implementar el plan fiscal que requiere la ley federal Promesa.

Entonces, El Nuevo Día reportó que la destitución de los directivos se produjo mientras estos se aprestaban a nombrar un nuevo director ejecutivo, luego de llevar a cabo una convocatoria abierta. Dicho proceso, según documentos de la corte, se truncó una vez los aspirantes a la dirección ejecutiva retiraron sus aspiraciones tras conocer la decisión de Rosselló Nevares con el cuerpo rector.

Al explicar las razones que tuvo el gobernador para su proceder, el secretario de Asuntos Públicos de La Fortaleza, Ramón Rosario Cortés, dijo entonces a El Nuevo Día que “la junta se aprestaba a hacer un nombramiento para dirigir el Instituto, cosa que nos amarraba las manos”.

Ante la situación, el director ejecutivo Mario Marazzi-Santiago acudió a los tribunales y solicitó un interdicto hasta que se determinara cuál de los dos cuerpos rectores era el legítimo.

Los directivos nombrados por Rosselló Nevares y el propio mandatario, por vía de la secretaría de Justicia, alegaron al tribunal que Marazzi-Santiago no tenía facultad en ley para incoar el litigio y solicitaron la desestimación.

La facultad de destituir

Tras examinar la ley que dio vida al Instituto de Estadísticas, Cuevas Ramos concluyó que Marazzi-Santiago posee autoridad para incoar el reclamo y procedió a resolver la controversia.

“La carta enviada por el gobernador a los codemandados el 21 de julio de 2017 no encuentra apoyo legal alguno”, dijo el juez en referencia a la misiva de destitución que emitió Rosselló Nevares.

Según la ley orgánica del Instituto de Estadísticas, los directivos de esa entidad poseen facultades “cuasilegislativas” y “cuasijudiciales” y solo podrán ser removidos de sus cargos por justa causa y luego de haber sido escuchados, y eso no sucedió.

“Sencillamente, el gobernador no tiene autoridad, conforme a la norma pautada en los casos reseñados y la Constitución, para destituir a los demandantes. Estos son funcionarios cuasi legislativos y cuasi adjudicativos/judiciales que no formulan e implantan la política pública del país, y están fuera del alcance de la autoridad o poder del gobernador para destituirlos”, indicó Cuevas Ramos en su sentencia.

“Se ordena la restitución de los codemandados a sus cargos como miembros de la junta de directores del Instituto”, ordenó el juez.

Oídos sordos ante la JSF

La destitución de los directivos del IEPR que resultó en el fallo de ayer no es única.

El año pasado, Rosselló Nevares, invocando la autoridad que le dió la Ley 3, removió de sus puestos a los directivos de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

La decisión del mandatario fue duramente criticada por los bonistas de la corporación pública, pero también resultó en una recomendación formal bajo la sección 205 de Promesa de parte de la Junta de la Supervisión Fiscal (JSF) sobre cambios que debería hacerle al estatuto.

La recomendación de la JSF se produjo en agosto del año pasado, cuando el organismo instó a Rosselló Nevares a enmendar la Ley 3 de 2017. Esto, para precisamente, incorporar en el artículo 29 que los directivos de un cuerpo rector podrían ser removidos de sus puestos “cuando exista causa” para ello.

“Al igual que todas las recomendaciones que hace la Junta, nosotros le daremos lectura, lo evaluaremos y, al plazo del tiempo que es permitido por ley, pues estaremos emitiendo una contestación”, dijo en ese momento Rosselló Nevares.

Al presente, se desconoce si Rosselló Nevares adoptará la recomendación o, de no hacerlo, si ya informó su decisión al Congreso y al presidente de los Estados Unidos, según establece Promesa.

Tampoco se sabe si la JSF ha procurado la implementación de esa directriz.

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