La protección del Carso se mantiene y se enfatiza. Las enmiendas no invalidan la delimitación de la zona del Carso existente
El Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, Daniel J. Galán Kercadó aclaró que las declaraciones del Senador Colberg Toro sobre la aprobación del proyecto del Carso son infundadas. El Secretario está en la mayor disposición de aclararle cualquier duda que tenga el senador, sobre el alcance de las enmiendas del proyecto, así como lo hizo con varios representantes y senadores.
“La protección del Carso se mantiene y se enfatiza. Las enmiendas no invalidan la delimitación de la zona del Carso existente. Sólo provee para revisarla cuando exista información científica avalada por un comité interdisciplinario que justifique la adición de áreas o modificación de las áreas existentes”, indicó Galán Kercadó.
Según como se desprende de la Ley: "Estará prohibida la remoción de material de corteza terrestre para propósitos o con fines comerciales en las áreas restringidas del Carso, así como cualquier actividad dirigida a la creación o construcción de vertederos, proyectos residenciales y centros comerciales e industriales."
Además, clarifica el término "Derechos adquiridos" de manera que no se aparte de las evaluaciones, usos y autorizaciones vigentes a la vez que aumenta la multa por infracciones a la Ley a $50,000.00.
También define las "actividades agrícolas" y permite sólo aquellas que cumplan con un estricto plan de protección del suelo y las aguas. Además, reafirma la prohibición sobre nuevos vertederos o canteras y ordena al Secretario del DRNA a ni siquiera recibir solicitudes para extracciones comerciales en la zona.
Otro punto importante es que define "obras de interés público", de manera que ninguna obra que no cumpla con esta definición específica podrá realizarse en la zona de protección. Más aún, cualquier obra de interés público tiene que ser evaluada y seguir las recomendaciones del DRNA.
“Es importante señalar que la Ley, antes de las enmiendas, permitía actividades incidentales de remoción de corteza terrestre (sin especificar que fuesen obras de interés público) con una autorización del Secretario”, puntualizó Galán Kercadó