| |||||||
| DRNA Cuerpo de Vigilantes Hilo, Obligatoria la Licencia de Navegación para personas nacidas después del 1ro de julio en el Policia; Según lo establece la Ley 430: Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico La Ley 430: "Ley de ... |
![]() |
| | Herramientas | Desplegado |
| | #1 |
| Administrator Fecha de Ingreso: feb 2008
Mensajes: 11.484
| Según lo establece la Ley 430: Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico La Ley 430: "Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico", requiere que toda persona que haya nacido después del 1ro de julio de 1972 y que desee operar una embarcación de motor deberá estar autorizada mediante una licencia expedida al tomar y aprobar el curso de navegación básico y su correspondiente examen, señaló Daniel J. Galán Kercadó, Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). El DRNA ofrece regularmente los cursos para obtener la licencia de navegación. Los cursos también son ofrecidos por Power Squadron y el U.S. Coast Guard Auxiliary, pero para obtener la licencia debe tomar además la conferencia de la Ley 430 que es ofrecida únicamente por el DRNA. Una vez apruebe el curso de cualquiera de estas entidades y la conferencia de la Ley 430, el DRNA expedirá la licencia de navegación. “Exhortamos a todos los usuarios de embarcaciones recreativas a tener todos los documentos y equipo de seguridad requerido por ley al salir a navegar y si nació después del 1ro de julio de 1972, obtener su licencia de navegación”, indicó Galán Kercadó. De igual forma, el Reglamento 6979, capítulo10, Artículo 35, inciso 11, indica que: “Ningún dueño de negocio de alquiler de embarcaciones o vehículos de navegación ni sus agentes o empleados podrán trabajar en el negocio sin estar autorizados mediante una licencia al aprobar un curso y su correspondiente examen escrito sobre Uso y Manejo de Embarcaciones y Destrezas en la Marinería, según lo dispone este reglamento. La infracción a esta disposición conllevará una multa administrativa de doscientos ($200.00) dólares la cual será impuesta mediante boleto por los agentes del orden público“. La Oficina de Educación Marina del DRNA ha expedido sobre 3,600 licencias de navegación en el último año. “Deseamos un verano libre de accidentes. Por tal motivo recomendamos a todos los operadores de embarcaciones a poseer la licencia de navegación requerida, aún cuando haya nacido antes de la fecha establecida por ley”, dijo Daniel J. Galán Kercadó, Secretario de la Agencia. La matrícula para los cursos de navegación ya comenzó. Los interesados en tomar el curso pueden pasar por la oficina central del DRNA en Río Piedras o por cualquiera de las oficinas regionales para matricularse y efectuar el pago. Para información adicional sobre cursos o servicios que ofrece la Oficina del Comisionado de Navegación y la División de Educación Marina puede comunicarse al 787.999.2200 ext. 2469, 2488 y 5153. |
| | |
![]() |
| Tags |
| 1ro, del, después, julio, licencia, nacidas, navegación, obligatoria, para, personas |
| Herramientas | |
| Desplegado | |
| |
Temas Similares | ||||
| Tema | Autor | Foro | Respuestas | Último mensaje |
| Pedro Julio Serrano exige investigación | KP3AV | Noticias | 0 | 07/07/10 12:22:43 |
| Arrestan a 22 personas por prostitución | KP3AV | Noticias | 0 | 02/07/10 19:15:10 |
| Caen 20 personas por prostitución | KP3AV | Noticias | 0 | 26/06/10 17:33:08 |
| DRNA hace entrega de Proclama designa a Mayo como Mes de la Navegación | KP3AV | DRNA Cuerpo de Vigilantes | 0 | 31/05/10 19:36:15 |
| DRNA evalúa posibles cambios a las Leyes y Reglamentos de Navegación | KP3AV | DRNA Cuerpo de Vigilantes | 0 | 31/05/10 19:29:06 |